Conclusiones de la conferencia internacional sobre la residencia alternativa de Estrasburgo 2018

Conformément aux items de la Convention Internationale des Droits de l'Enfant, le CIRA/ICSP
appelle le Comité des Nations Unies pour les Droits de l'Enfant, le Conseil de l'Europe,
les gouvernements et les Associations professionnelles à modifier les lois et les pratiques.

  1. Identificador de la residencia alternativa como derecho fundamental del niño.
  2. Porter leur care sur le besoin spécifique des niños de padres separados y divorciados de connaître et d'être éduqué par leurs deux padres, y à considerar la residencia alterna como la mejor seguridad para responder a este besoin.
  3. Respecter la opinión de los niños sobre sus preferencias familiares sobre sus modalidades de vida después de la separación o el divorcio de sus padres.
  4. Definir claramente y hacer funcionar el concepto de «interés superior del niño» en el contexto de la separación de los padres, para lograr una comprensión de ese «interés superior» que está fondeado en los conocimientos científicos y centrado en el niño.
  5. El identificador de la residencia alternativa existe en el interés superior del niño, en la medida de esta disposición mantiene las relaciones del niño con sus dos padres y reduce los conflictos entre los padres.
  6. Asegurador, en toda la medida de lo posible, la supervivencia y el desarrollo de los niños de padres separados y divorciados, y toma todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a estos niños de todas las formas de violencia, prejuicio o maltrato, físico o mental, negligencia. o trato negligente, maltrato o explotación, y comprende la alienación parental en tant que forma de violencia psicológica envers les enfants et de violencia familiar.

Nous apelaciones a los gobiernos y empleadores a:

  1. Instituer des politiques familiares qui sooutiennent et protègent la participación de los dos padres en el trabajo y en la vida familiar, y comprende un soutien égal aux mères et aux pères en ce qui concerne les congés parentaux et les congés pour raisons familiares.

Llamamos al Comité de derechos del niño de las Naciones Unidas, al Consejo de Europa y a las instituciones internacionales:

  1. Tomar medidas para que los Estados miembros no discriminen a los hijos de padres separados o divorciados sobre la base del estatuto parental, notamment en ce qui concerne l'éloignement d'un parent de la vie quotidienne d'un enfant.
  2. Alentar a los Estados firmantes de la Convención a adoptar la residencia alterna como fundamento del derecho de la familia.

Télécharger le rapport final de la conférence (pdf)

Conclusiones de la Conferencia 2018

De conformidad con los artículos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, el ICSP insta al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, al Consejo de Europa, a los gobiernos y a las asociaciones profesionales a:

1. Reconocer la crianza compartida como un derecho fundamental del niño.
2. Centrarse en la necesidad específica de los hijos de padres separados o divorciados de conocer y ser criados por ambos padres, y respaldar la crianza compartida como la mejor manera de garantizar que esta necesidad esté protegida.
3. Respetar las opiniones de los hijos de padres separados o divorciados con respecto a sus preferencias expresadas sobre la organización de la vida después de la separación.
4. Definir y operacionalizar claramente el concepto del "interés superior del niño" en el contexto de la separación parental, hacia una comprensión del "interés superior del niño" basada en la evidencia y centrada en el niño.
5. Reconocer la crianza compartida como lo mejor para el niño, ya que mantiene la relación del niño con ambos padres y reduce el conflicto entre ellos.
6. garantizar en la mayor medida posible la supervivencia y el desarrollo de los hijos de padres separados y divorciados, y adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a estos niños de todas las formas de violencia física o mental, lesiones o abusos, negligencia o trato negligente, maltrato o explotación, incluida la alienación parental como una forma de abuso emocional infantil y violencia familiar.

Hacemos un llamamiento a los gobiernos y a los empleadores:

7. instituir políticas familiares que apoyen y protejan la participación de ambos padres en el trabajo y la vida familiar, incluido el apoyo igualitario a madres y padres en lo que respecta a la licencia parental y la licencia por razones familiares.

Hacemos un llamamiento al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, al Consejo de Europa y a las instituciones internacionales para que:

8. adoptar medidas para garantizar que los Estados miembros no discriminen a los hijos de padres separados o divorciados sobre la base de su situación parental, específicamente en lo que respecta a la eliminación de un padre de la vida cotidiana del niño.
9. alentar a los Estados signatarios de la Convención a que adopten la crianza compartida como base del derecho de familia.

Descargar el Informe Final de la Conferencia (pdf)

Conclusiones de la Conferencia 2018

De conformidad con los artículos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, el ICSP insta al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, al Consejo de Europa, a los gobiernos y a las asociaciones profesionales a:

1. Reconocer la crianza compartida como un derecho fundamental del niño.
2. Centrarse en la necesidad específica de los hijos de padres separados o divorciados de conocer y ser criados por ambos padres, y respaldar la crianza compartida como la mejor manera de garantizar que esta necesidad esté protegida.
3. Respetar las opiniones de los hijos de padres separados o divorciados con respecto a sus preferencias expresadas sobre la organización de la vida después de la separación.
4. Definir y operacionalizar claramente el concepto del "interés superior del niño" en el contexto de la separación parental, hacia una comprensión del "interés superior del niño" basada en la evidencia y centrada en el niño.
5. Reconocer la crianza compartida como lo mejor para el niño, ya que mantiene la relación del niño con ambos padres y reduce el conflicto entre ellos.
6. garantizar en la mayor medida posible la supervivencia y el desarrollo de los hijos de padres separados y divorciados, y adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a estos niños de todas las formas de violencia física o mental, lesiones o abusos, negligencia o trato negligente, maltrato o explotación, incluida la alienación parental como una forma de abuso emocional infantil y violencia familiar.

Hacemos un llamamiento a los gobiernos y a los empleadores:

7. instituir políticas familiares que apoyen y protejan la participación de ambos padres en el trabajo y la vida familiar, incluido el apoyo igualitario a madres y padres en lo que respecta a la licencia parental y la licencia por razones familiares.

Hacemos un llamamiento al Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, al Consejo de Europa y a las instituciones internacionales para que:

8. adoptar medidas para garantizar que los Estados miembros no discriminen a los hijos de padres separados o divorciados sobre la base de su situación parental, específicamente en lo que respecta a la eliminación de un padre de la vida cotidiana del niño.
9. alentar a los Estados signatarios de la Convención a que adopten la crianza compartida como base del derecho de familia.

Descargar el Informe Final de la Conferencia (pdf)